Se entiende por inmueble ligado a una explotación económica a todo edificio o elemento de un edificio en el cual tiene lugar o puede tenerlo una explotación de tipo económico, susceptible de producir rentas y del que prácticamente no existe oferta en el mercado.

Los inmuebles ligados en explotaciones económicas más frecuentes en el mercado son:

Edificios industriales no polivalentes o de producción agraria. Si fuesen polivalentes se tasarían como edificaciones industriales como, por ejemplo, un salto de agua, un centro de transformación etc.)

Centros de transporte, aparcamientos y edificaciones ligadas al transporte. Aparcamientos al aire libre, dársenas etc.

Establecimientos turísticos. Hoteles, hostales, campings, apartamentos etc.

Hospitales, clínicas e instalaciones sanitarias.

Instalaciones deportivas, recreativas y de espectáculos. Cines, teatros, salas de fiesta, etc.

Centros de enseñanza y culturales. Academias, escuelas, etc.

Equipamiento social

Residencias de estudiantes, tercera edad o tanatorios

Método de valoración

#Tasaciones #Inmobiliarias y las #SOCIMIS

Tasaciones de ILAEs

En cuanto a la valoración de este tipo de inmuebles, se podrá realizar por el método de comparación siempre y cuando existan suficientes comparables en el mercado del entorno. Por lo general, esto no suele ser posible. Dado que este tipo de inmuebles y las actividades ligadas a los mismos generan siempre flujos de caja, puede calcularse su valor por el método de actualización de rentas. Además, deberá calcularse siempre su valor de reemplazamiento, VRB si es el edificio está en construcción y el VRN si está terminado.

Informe

Se aplicarán para elaborar el informe los mismos criterios que en el resto de valoraciones, así como las comprobaciones que se deben realizar previas a su elaboración como la visita, la situación urbanística y la titularidad. Se tendrán en cuenta también las depreciaciones físicas, funcionales y económicas que procedan a fin de obtener el valor más correcto posible.

Es importante mencionar que en los anexos de este tipo de valoraciones se deberán incluir los flujos de caja obtenidos a la hora de realizar el método de actualización de rentas.