Las terribles consecuencias de la DANA que asoló numerosas localidades han situado a miles y miles de personas en una situación límite. Desde Aguirre & Baeza queremos expresar nuestro más sentido pésame a todos aquellos que han sufrido la pérdida de un ser querido y manifestar todo nuestro apoyo y solidaridad con los afectados. Y también, para intentar ser útiles en la medida de nuestras posibilidades, queremos dar respuesta a todas las consultas que hemos recibido sobre informes periciales para ayudas por la DANA.
Primer Decreto-ley de ayudas por la DANA: requisitos y tipologías
Como podemos leer, por ejemplo, en Las Provincias, se establece un plazo de dos meses para solicitar las ayudas, a contar desde la publicación del BOE. Es decir, el plazo de solicitud terminará la primera semana de enero.
Las primeras ayudas, establecidas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, se publicaron en el BOE el miércoles 6 de noviembre. Podéis consultarlas aquí.
Se establecían ayudas para particulares, autónomos, empresas y pymes. Aunque es una información fácil de encontrar, hemos querido recordar las principales, antes de entrar en materia con los informes periciales, que forman parte de nuestro día a día.
Lamentablemente, debemos empezar por las indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad absoluta o permanente, establecida en 72.000 euros. La cifra se otorgará por cada miembro fallecido de la unidad familiar y podrá ser solicitada por el cónyuge, con el requisito de al menos dos años de convivencia, por los hijos o por los padres, sin necesidad de que exista dependencia económica.
Ayudas por daños en la vivienda habitual
- Destrucción total de la vivienda: 60.480 euros.
- Daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: 41.280 euros
- Daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: 20.640 euros.
- Destrucción o daños en enseres domésticos de primera necesidad: 10.320 euros.
- Daños en elementos comunes de la Comunidad de Propietarios: 36.896 euros.s predictivo: los modelos de inteligencia artificial pueden ayudarnos a anticipar tendencias futuras del mercado o a calcular el impacto en el valor de las propiedades de los cambios en el entorno.
Ayudas para compensar pérdida de vehículos
Los daños causados por las indemnizaciones se consideran parte de los “riegos extraordinarios”, por lo que el Consorcio debe asumir la gestión y el pago de las solicitudes.
Se establece una compensación de un 20% superior al valor venal del vehículo. Dicho valor depende de la marca, el modelo, la fecha de matriculación y los extras del vehículo. Se calcula aplicando un porcentaje reductor según los años transcurridos desde la primera matriculación. Cuando el vehículo tiene menos de un año, valor oficial y valor venal coinciden. El segundo año, se aplica una reducción del 16%, el segundo del 33%… podéis encontrar la tabla completa aquí.
A su vez, el BOE publica regularmente la valoración oficial de partida de los vehículos.
Ayudas para pymes y autónomos por la DANA
- Autónomos: hasta 5.000 euros.
- Prestación por desde de actividad para autónomos: 70% de la base de cotización (sin que sea necesario un periodo mínimo de cotización).
- Incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores y autónomos por daños físicos o psicológicos: 75% de salir desde el primer día de inactividad.
Ayudas para empresas
- Según el volumen de facturación: si es inferior a un millón de euros, la ayuda es de 10.000 euros; entre 1 y 2 millones, 20.000 euros; entre 2 y 6 millones, 40.000 euros; entre 6 y 10 millones, 80.000 euros; si es superior a 10 millones, 150.000 euros.
- Suspensión temporal por ERTE: las empresas que adopten esta medida estarán exentas de ingresar el 100% de las cotizaciones de la Seguridad Social al menos hasta febrero de 2025.
Adicionalmente, se establece una línea de avales ICO -DANA de 5.000 millones de euros.
Otras ayudas del Decreto-ley de los efectos de la DANA
- Aumento del 15% del ingreso mínimo vital y pensiones no contributivas, durante tres meses.
- Suspensión de pagos por hipotecas y préstamos: total, durante tres meses y de intereses, durante 9 meses más.
- Exención del pago del IBI de 2024.
- Reducción del IAE correspondiente a 2024.
Segundo Decreto-ley de ayudas por la DANA
El segundo Decreto-ley, anunciado por el presidente del Gobierno en comparecencia pública el lunes 11 de noviembre, amplía el rango de las ayudas a otros colectivos (autónomos, arrendatarios, empresas no ubicadas en la lista de municipios afectados por la DANA, etc.) y modifica el proceso de acceso a las mismas, estableciendo, por ejemplo, anticipos del 50% en las compensaciones por daños a viviendas.
Se pueden citar, entre otras medidas:
- Extensión de las ayudas por daños en viviendas a propietarios que las tenían arrendadas.
- Extensíón de la compensación por pérdidas de enseres a inquilinos y a bienes que no sean de primera necesidad.
- Congelación de hipotecas durante 12 meses adicionales a los 12 meses ya recogidos en el primer decreto.
- Prestación para autónomos que permitirá compatiblizar su actividad durante 3 meses con la prestación extraordinaria por cese parcial de actividad.
- Ampliación de los ERTE a empresas ubicadas en otros municipios, pero que hayan sido afectadas indirectamente por la DANA.
El segundo Decreto-ley se puede consultar aquí.
Informe pericial para obtención de ayudas por la DANA
Como decíamos en el apartado destinado a las ayudas a la vivienda, en caso de no contar con seguro, será necesario aportar un informe pericial, contratado y validado por el ayuntamiento.
Un informe pericial es un documento técnico elaborado por un experto que detalla el estado de los daños sufridos en una propiedad, evaluando su magnitud y proporcionando un análisis imparcial y preciso. Es clave para respaldar las reclamaciones ante aseguradoras y administraciones públicas.
Los peritos de Aguirre & Baeza están especializados en la evaluación de siniestros provocados por eventos como la DANA. En base a nuestra experiencia reciente en informes periciales, podemos ofrecer servicios como:
- Análisis de documentos aportados por los propietarios (listado de enseres, facturas, fotografías antes del siniestro).
- Reconocimiento integral con visita de inspección al inmueble para constatar los desperfectos.
- Medición y presupuesto de las áreas afectadas.
- Redacción del informe pericial que incluye propuestas, diagnósticos y soluciones técnicas, cumpliendo con el CTE.
Generalmente, para llevar a cabo un informe pericial completo y preciso, es fundamental que el cliente aporte los siguientes datos:
- Listado de enseres afectados.
- Facturas y/o acreditación de compra de los enseres dañados.
- Fotografías de la vivienda y los enseres afectados, tanto de antes del siniestro como de después.
Nuestra experiencia en peritación de daños y asesoría inmobiliaria nos permite ofrecer un servicio íntegro y personalizado. Desde la evaluación inicial de los daños hasta la elaboración de un informe pericial, estamos aquí para ayudar.
En el equipo de Aguirre y Baeza queremos mandar todo nuestro apoyo y fuerza a los valencianos. Sabemos que la recuperación no es sencilla, pero estamos a su disposición. Si necesita ayuda, no dude en ponerse en contacto con nosotros; estaremos encantados de atenderle y brindarle nuestro respaldo en todo momento.