Edificios de consumo de energía casi nulo. Parte I

«El edificio de consumo de energía casi nulo es aquel con un nivel de eficiencia energética muy alto. La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables producida in situ o en el entorno».

Contexto de reducción de consumo energético y normativa regulatoria

En la actualidad nos encontramos en un contexto de lucha contra el cambio climático mediante la descarbonización de la actividad de todos los sectores. Las emisiones directas de gases de efecto invernadero en España en el sector residencial, comercial e institucional supusieron un 8% del total en el año 2014 según datos del Ministerio para la Transición Ecológica. De este 8%, un 52% corresponde a viviendas y el 42% a edificios comerciales e institucionales.

La Comisión Europea y el Gobierno de España están trabajando muy activamente en la regulación de la eficiencia energética de los edificios para reducir las emisiones contaminantes.

Las normativas más destacadas se describen a continuación.

  • Directiva 2010/31 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética de los edificios. Se establece la obligación de calificación energética de edificios existentes y la definición y la metodología de cálculo de edificios de consumo de energía casi nulo. Se establece que todos los edificios propiedad de la administración pública sean de consumo casi nulo desde el 31 de diciembre de 2018 y todos los de nueva construcción desde el 31 de diciembre de 2020.
  • Directiva 2012/27 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética. Se definen marcos normativos y objetivos nacionales para cumplir con el objetivo de reducción del consumo energético un 20% en el año 2020.
  • El 9 de julio de 2018 entra en vigor la nueva Directiva 2018/844 del Parlamento Europeo y del por la que se modifica la Directiva 2010/31 y la Directiva 2012/27. Esta Directiva establece que “los requisitos mínimos de eficiencia energética se revisarán periódicamente a intervalos no superiores a cinco años”. Por esta razón se espera una actualización del Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación este año. Esta actualización debe establecer un sistema de indicadores de eficiencia energética en edificios y revisar la definición y las exigencias para los edificios de consumo de energía casi nulo de la Directiva 2010/31.

¿Qué es un Edificio de consumo de energía casi nulo?

La Directiva 2010/21 del Parlamento Europeo y del Consejo del 19 de mayo de 2010 define el Edificio de consumo de energía casi nulo como un “edificio con un nivel de eficiencia energética muy alto. La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables producida in situ o en el entorno”.

¿Cómo se calcula el nivel de eficiencia energética de un edificio?

Según el Anexo I la Directiva 2010/21 del Parlamento Europeo y del Consejo del 19 de mayo de 2010, la metodología para determinar el nivel de eficiencia energética de un edificio se basa en un indicador de eficiencia energética y un indicador del consumo de energía primaria basado en los datos del suministrador o de la generación in situ.

El cálculo de los indicadores de eficiencia energética contempla las características térmicas del edificio (capacidad térmica, aislamiento, calefacción pasiva, elementos de refrigeración y puentes térmicos), instalación y aislamiento de instalaciones de calefacción y ACS, instalaciones de aire acondicionado, ventilación natural y mecánica, iluminación, diseño, emplazamiento y orientación del edificio (incluyendo condiciones climáticas exteriores), instalaciones solares pasivas y de protección solar, condiciones ambientales interiores y cargas internas. Así mismo se tiene en cuenta de forma positiva la producción de electricidad basada en energías renovables o en cogeneración, sistemas urbanos o centrales de calefacción y refrigeración y la iluminación natural.

Sin embargo, esta Directiva no define de forma cuantitativa el cálculo de los indicadores, solo de forma cualitativa, lo cual se espera tras la modificación del DB-HE este año.

Por último, no debemos olvidar que la regulación actual de edificación eficiente repercute directamente en la valoración de un inmueble según su nivel de eficiencia y de sostenibilidad. El análisis del impacto en las valoraciones lo veremos con más detalle en otras entradas del blog.

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