Informe o dictamen pericial – Peritaciones en el ámbito forense

Según el Real Decreto 2512/1977, se entiende por peritación al dictamen oral, pericial o escrito, emitido en un juicio o sumario como prueba en relación al edificio o suelo que se somete a evaluar, siendo necesaria la práctica profesional y conocimientos necesarios para discernir sobre estos.

En este informe, el técnico, más bien conocido como `perito´ interviene como experto, actuando ante los tribunales de justicia en el ámbito forense.

Normalmente, son tres las situaciones en las que el arquitecto interviene como perito:

  • Jurisdicción contencioso-administrativa, relacionado con los conflictos entre particulares y la Administración, donde el arquitecto interviene en casos como la declaración legal de ruina edificatoria o los litigios urbanísticos y tributarios.
  • Jurisdicción penal, donde se juzga la conducta del individuo. El arquitecto interviene en los procesos relativos a imprudencias profesionales en el proceso de la edificación.
  • Jurisdicción civil, la más frecuente de todas, que relaciona a las personas con los bienes; claro ejemplo de este ámbito sería el informe sobre valoraciones de compra venta o arrendamiento de bienes inmuebles, al igual que las reclamaciones por daños en los edificios.

La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece los medios por los que podrá hacer prueba de uso en juicio, estos serían el interrogatorio de las partes, el dictamen del perito, la documentación aportada o el reconocimiento judicial. Cuando sea necesario conocimientos de carácter artístico, científico o prácticos para poder valorar ciertos hechos o circunstancias relevantes, las partes podrán aportar el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, que sea emitido por un perito designado por el tribunal (y ajeno a las partes) un nuevo dictamen.

Según se refleja en el artículo 335, el perito deberá manifestar como promesa de verdad, que actúa con la mayor objetividad posible, tomando así en consideración los puntos favorables y desfavorables del asunto, siendo conocedor de las sanciones penales si incumple su deber como perito.

Los dictámenes elaborados por los peritos y aportados por cada una de las partes deben formularse por escrito, pudiendo ser acompañados por más documentos como planos o fotografías, que sirvan de apoyo al objeto de la pericia. Además, es competencia de cada una de las partes el manifestar si los autores de los dictámenes comparecen en el juicio, pudiendo explicar el dictamen o responder a preguntas, objeciones o rectificaciones.

Por su parte, el tribunal puede acordar la examinación a través del perito o abogado de los edificios, terrenos o documentación correspondiente a estos, si su estado o circunstancia es relevante en la defensa o elaboración del dictamen a presentar.

La regulación para la elección judicial del perito viene dada por el artículo 339, donde el demandante podrá solicitar la designación del perito, siendo conveniente o necesario la emisión del informe; el tribunal será quien proceda a su designación. El dictamen se realiza a costa de quien lo ha pedido, sin perjuicio de lo que se acuerde.

En el caso de los peritos, las condiciones para realizar un dictamen son las diversas. Primeramente, poseer en nombre el título oficial que corresponde a la materia objeta de dicho informe. El dictamen podría solicitarse así también a instituciones que se ocupen del estudio de la materia correspondiente a éste; la institución será quien determine qué persona o personas, en caso de ser necesario, se encargarán de la emisión y redacción del citado informe. Por último, las personas jurídicas habilitadas pueden también emitir dictámenes sobre cuestiones específicas, determinando nuevamente a la persona encarga de su realización.

Si no hay acuerdo de las partes, los artículos 341 y 342 regulan la designación judicial, a través de las listas de colegiados peritos aportadas por el colegio de Arquitectos el mes de enero de cada año, donde su elección se hará mediante sorteo. Los peritos designados, pueden ser rechazados o recusados por alguna de las partes, por lo que deberán de abstenerse cuando incurran en el vínculo matrimonial o parentesco de las partes o defensores, hayan intervenido en el pleito como testigo, tener amistad íntima o enemistad con cualquiera de los mencionados o tener un interés directo o indirecto. Una vez se designa el perito, este emitirá por escrito su dictamen, pudiendo ser solicitada su presencia en el juicio por algunas de las partes, para que aporte las aclaraciones o explicaciones oportunas.  Esta comparecencia se conoce como «ratificación´´.

Sin embargo, si el perito es designado por las partes, no puede ser recusados.  En ese caso se regulan las denominadas «tachas´´, causas que alega la parte contraria para desmerecer al perito designado.  Estas situaciones a las ya mencionadas para la recusación o rechazo del perito por designación judicial.

Los peritos citados tienen el deber de comparecer en el juicio, con una sanción económica en el caso de no asistir.

Las partes y sus defensores podrán pedir al perito citado, la exposición completa del dictamen, las respuestas a preguntas y objeciones sobre premisas o métodos, la crítica del dictamen por alguna de las partes al perito de la parte contraria o la formulación de tachas que afecten al perito de la parte contraria.

Por último, según regula el artículo 370.4 de la LEC, el arquitecto-perito, puede ser llamado a juicio como testigo, en virtud de sus conocimientos en relación a los hechos del interrogatorio.

    ASSET MANAGEMENT, S.L. (AGUIRRE &BAEZA) es la Responsable del Tratamiento de sus datos, con la finalidad de atender su solicitud de información por correo electrónico o mediante una llamada telefónica y remitirle comunicaciones con novedades y/o promociones, y realizar llamadas comerciales, únicamente si presta su consentimiento a tal fin. Tiene los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición al tratamiento y portabilidad de sus datos personales. Puede ejercitar sus derechos en administracion@aguirrebaeza.com. Más información en la Política de privacidad.

    Artículos relacionados

    Asesoramiento

    Diferencia entre el valor de subasta y la tasación

    El valor de subasta y el valor de tasación son dos conceptos distintos que se relacionan entre sí con el precio de un bien inmueble. Básicamente, su diferencia radica en que el valor de tasación refleja una estimación realista y justa del valor del inmueble en condiciones normales, mientras que el valor de subasta es el

    Asesoramiento

    ¿Cómo saber el Valor de Tasación de una vivienda?

    A menudo es usual preguntarse sobre el valor del patrimonio inmobiliario, ya sea porque se considera vender, alquilar, saber si ha aumentado su valor con el tiempo o simplemente por curiosidad. Para descubrirlo, hay diferentes métodos disponibles, desde consultar a expertos en bienes raíces hasta hacer algunos cálculos por tu cuenta. En este artículo de nuestro

    Asesoramiento

    Caso Práctico: Informe real de tasación de una VPO en Barcelona

    Las viviendas calificadas con algún tipo de protección pública tienen limitado su precio de venta o alquiler, de manera que se pueden adquirir por precios más bajos en comparación con otras viviendas de características semejantes ubicadas en un entorno próximo. Estas viviendas son una gran oportunidad para aquellos colectivos con menos ingresos, pero hay que tener

    Haz que esta publicación llegue a más personas

    Facebook
    Twitter
    LinkedIn
    WhatsApp

    Artículos destacados

    Asesoramiento

    Impugnación de Tasación de Costas: Guía Completa

    Cuando nos enfrentamos al proceso de impugnación de una tasación de costas, es crucial entender los detalles y requisitos que ello implica, al igual que las normas que lo regula. Este procedimiento, regido por una serie de normativas y precedentes judiciales, puede ser complejo, pero comprenderlo adecuadamente es fundamental. Qué es la tasación de costas La

    Bienes muebles

    Caso Técnico: Informe pericial sobre un asentamiento diferencial de la cimentación

    En este artículo vamos a describir un caso real de un ejemplo de informe pericial en una vivienda en la que el origen de los desperfectos se determinó que fue un asentamiento de la cimentación. Si quieres saber como llegamos a esta conclusión y cuales fueron los síntomas que presentaba el inmueble, ¡sigue leyendo! ¿Qué es

    que pasa si la tasacion es mas alta precio compra
    Asesoramiento

    ¿Qué pasa si la tasación es más alta que el precio de compra? Te contamos qué hacer

    Cuando la tasación de una propiedad supera el precio de compra, se abre una ventana de oportunidad para el comprador. En primer lugar, esto sugiere que el valor percibido del inmueble es mayor que el precio acordado, lo que puede significar una excelente inversión a largo plazo. Este escenario también puede facilitar la obtención de financiamiento,