¿Qué personas intervienen dentro de los Contratos de Seguros?
Tomador: es la persona, física o jurídica, que, juntamente con el Asegurador, suscribe los Contratos de Seguros, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que deban ser cumplidas por el Asegurado.
Asegurador: es la persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado.
Asegurado: es la persona, física o jurídica, titular del interés objeto del seguro, a quién corresponde, en su caso, los derechos derivados del contrato y que, en defecto del Tomador del seguro, asume las obligaciones derivadas del mismo.
Beneficiario: es la persona, física o jurídica, que por designación del Tomador del seguro, previa cesión por el Asegurado, ostenta el derecho a la indemnización.
Tercero: es cualquier persona física o jurídica distinta del Tomador del Seguro, del Asegurado o aquellas que tengan una relación familiar, empresarial o dependiente de éstos.
Perjudicado: corresponde a la persona física o jurídica que ha recibido daño por parte del asegurado, ya sea en su propia persona o en los bienes de su propiedad.
Agencia o Correduría de Seguros: es la empresa vinculada por un contrato de agencia a una entidad aseguradora, encargada de captar nuevos asegurados para que suscriban los seguros de la compañía (tomadores de seguros) y dar asesoramiento a sus clientes
Perito Tasador: es el profesional experto y cualificado que realiza la valoración de los bienes, siguiendo los criterios y metodología adecuados. Puede valorar cualquier tipo de bien dentro de los campos de su competencia, cuantificar los daños producidos durante un siniestro, o actuar como Perito Tasador Judicial, que realizan los correspondientes informes para aclarar un proceso judicial, actuando de parte del demandante, del demandado o a petición del juzgado.
¿Qué tipos de pólizas existen?
Las empresas aseguradoras proponen nuevas pólizas, intentando adaptarse cada vez más a las necesidades del cliente y tratando de imponerse a la competencia. No obstante, la mayoría ofrecen los siguientes tipos:
Según el tipo de riesgo asegurado:
Póliza única: Las más comunes. Se contratan por un periodo de validez determinado y cuando éste finaliza puede prorrogarse por uno nuevo.
Póliza global: Se emplea cuando un mismo riesgo puede dividirse en varias partes y varias primas distintas, aplicándose en su lugar una prima ponderada global para todo el riesgo. El capital asegurado es único.
Póliza abierta: Son las pólizas empleadas para garantizar la cobertura inmediata de riesgos de características muy similares al que se tenía en un primer momento, por ejemplo en el caso de obras, en las que se van emitiendo suplementos a la póliza inicial. Para garantizar los riesgos sobrevenidos con posterioridad, se suele cobrar una “prima en depósito” de la que se devuelve finalmente el exceso del riesgo verdaderamente asegurado.
Según la suma asegurada:
Pólizas a valor estimado: Cuando se fija entre el asegurador y el tomador el valor del interés asegurado que habrá de tenerse en cuenta para calcular la indemnización en caso de siniestro.
Pólizas a valor pleno: Es la forma más usual en seguros de daños a las cosas. La suma asegurada en el momento inmediatamente anterior al siniestro debe coincidir con el valor total de lo asegurado, sobre todo en el caso de que se trate de una póliza abierta con distintos suplementos.
Cuando la suma asegurada en el momento anterior al siniestro es inferior al interés asegurado, se dice que existe un infraseguro y en el cobro de la indemnización se aplica la regla de proporcionalidad. Cuando la suma asegurada supera el interés asegurado, existe situación de sobreseguro, pero el asegurador indemnizará únicamente el daño efectivamente causado en el siniestro. Es importante, por tanto, una correcta evaluación de los riesgos a asegurar para evitar estas dos situaciones.
Pólizas a valor parcial: Cuando existe un conjunto de bienes muy amplio o que se sitúan a lo largo de una gran extensión, lo que hace improbable que un siniestro los dañe en su totalidad. Para lograr una prima más ajustada, se garantiza una indemnización máxima en tanto por ciento sobre el valor total del riesgo.
Pólizas a primer riesgo: Son aquellas en que el asegurador indemniza la totalidad de los daños producidos durante el siniestro hasta la suma total asegurada y sin aplicación de la regla proporcional, correspondiendo el resto del importe al asegurado. Suele utilizarse en caso de mayor probabilidad de siniestros parciales, de poco importe.
Muchas pólizas de daños agrupan varias de estas características, tratándose, por ejemplo, de pólizas a valor pleno con ciertas coberturas concretas a primer riesgo.
Cuando se trata de seguros de Responsabilidad Civil, por ejemplo, en el caso de profesionales liberales, lo que se suele contratar es el límite de cobertura para cada siniestro además del límite de cobertura para cada anualidad, en caso de producirse más de un siniestro. Por este motivo, no es de aplicación la regla proporcional.
¿Cómo se elige la póliza que más nos conviene?
La póliza más adecuada y la prima de la misma es calculada por la compañía de seguros en función del riesgo que se asegura. Para ello, es necesario que el tomador del seguro declare el riesgo de manera veraz, indicando toda circunstancia que intervenga en la valoración del riesgo o cualquier agravante del mismo. Según la Ley del Contrato de Seguro, el asegurador proporcionará para ello un cuestionario de preguntas relacionadas con las cuestiones que necesite conocer respecto al riesgo redactado de forma que facilite respuestas concretas y no permita ambigüedades.
En caso de inexactitudes o errores por parte del tomador en su declaración, el asegurador podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes desde su conocimiento, quedándose con la prima pagada correspondiente a dicho periodo.
De manera similar a cuando se produce situación de infraseguro, de producirse el siniestro antes de que el asegurador rescinda el contrato, la indemnización se reducirá de manera proporcional a la diferencia entre prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo.
En próximos post, explicaremos las condiciones principales que debemos tener en cuenta a la hora de suscribir una póliza de seguro. Para cualquier pregunta adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Puedes encontrar la primera entrega de los post relacionados con seguros en el siguiente enlace: https://www.aguirrebaeza.com/blog/el-contrato-de-seguro-y-sus-caracteristicas-esenciales/