Valor de Expropiación o Justiprecio

La expropiación es un término administrativo que significa privar a una persona de la titularidad de un bien o de un derecho, dándole a cambio una indemnización.

El valor de expropiación se regula a través de la Ley de Expropiación Forzosa y es la cuantía de indemnización que debe recibir el titular de un bien que está obligado a cederlo.

Es importante saber que nadie puede ser privado de la propiedad de un bien si la privación no atiende a una razón de utilidad pública o interés social. Una vez determinada dicha utilidad o interés debe existir una valoración y pago por el bien o bienes expropiados. El valor debe verse incrementado en un porcentaje en razón del premio de la afección o indemnización por afección.

Justiprecio

En base a lo anterior, aparece el término denominado como justiprecio. Es el precio que se considera justo por el que se expropiará un bien determinado. Además, esta cuantía debe permitir al expropiado a adquirir un bien de similares características al que se tenía.

La expropiación y posterior ocupación, se produce antes de fijar el justiprecio, una vez aprobado el expediente que la autoriza. Existe la posibilidad de reclamar el valor fijado por la Administración, designándose esta tarea a un perito externo para que intervenga en la fijación del mismo.

Normativa aplicable

Anteriormente, la determinación del valor de expropiación se hacía a través de la Ley de Expropiación forzosa, que se basaba en el valor fiscal delos bienes declarados con anterioridad por los interesados. Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2007, Ley de Suelo, se establece un nuevo sistema aplicable a las expropiaciones y que veremos en futuras entradas del blog.

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